La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 7 de abril de 2009, ha declarado en el asunto que enfrentaba a Sogecable con las entidades de gesti贸n de derechos de explotaci贸n AISGE Y AIE, que las tarifas de la remuneraci贸n equitativa por copia privada no pueden fijarse de manera unilateral por el acreedor sin tener en cuenta los criterios de equidad en su c谩lculo.
Asimsimo, ha establecido tambi茅n que son competentes los tribunales para fijar, en juicio de equidad, dichas cuant铆as.
Un 煤ltimo dato de lo m谩s interesante lo ha supuesto el hecho de que se invalide el par谩metro de los ingresos de explotaci贸n del sujeto al pago como baremo para la fijaci贸n del importe del canon que se ha de cambiar por el del criterio de efectividad del uso del repertorio por el que se cobra al obligado al pago.

Junio 29th, 2009